En el Preámbulo de la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la lectura, del libro y de las bibliotecas, se concibe la lectura como una herramienta básica para el desarrollo de la personalidad y también como instrumento para la socialización; es decir, como elemento esencial para la capacitación y la convivencia democrática, para desarrollarse en la «sociedad de la información».
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 2.2, reconoce el fomento de la lectura y el uso de las bibliotecas como uno de los factores que favorecen la calidad de la enseñanza. Igualmente, sus artículos 19, 24 y 25 disponen que, sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas o materias de la etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual se trabajarán en todas las aulas. Más aún, en el apartado 3: «A fin de fomentarse el hábito y el dominio de la lectura todos los centros educativos dedicarán un tiempo diario a la misma en los términos recogidos en su proyecto educativo».
En la biblioteca del IES Mediterráneo hemos realizado un documento que aglutina las actividades llevadas a cabo para dinamizar dicha biblioteca y fomentar la lectura entre nuestro alumnado. Creemos que puede servir de ayuda a los compañeros del centro.